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Compraventa de inmueble(s)

Entrega estimada: 10 días hábiles

Compraventa de uno o varios inmuebles. La minuta la firman todos los contratantes y el abogado; se exige copia literal, impuesto predial del año cancelado, alcabala, pago definitivo de 5% del Impuesto a la Renta y medios de pago bancarios desde S/ 2,000.

Requisitos

  • Minuta firmada por todos los contratantes y abogado. Cliente
    Minuta

    Si se redacta en notaría deben apersonarse todos los contratantes con la documentación necesaria y con los datos del precio, forma de pago y demás condiciones ya acordadas.

  • Copias de documentos de identidad de todos los contratantes (vigentes y, para el caso de peruanos, con las votaciones que corresponden. Para el caso de extranjeros: Carné de Extranjería o Pasaporte con permiso vigente para realizar contratos) Cliente
    Documento de identidad
  • Copia LITERAL completa y actual del (los) inmueble(s) expedida por los registros públicos y tramitada preferentemente por el comprador; y el título de propiedad del vendedor (Testimonio de Escritura Pública, Cofopri, etc) Cliente
    Copia literal · vigencia 90 días
  • Vigencia de poder actual expedida por los registros públicos (para el caso de apoderados o representantes legales). Cliente
    Vigencia de poder · vigencia 30 días
  • En caso alguna de las partes esté casada bajo separación de patrimonios: Copia LITERAL completa y actual de su inscripción en la misma oficina registral del (los) inmueble(s). Cliente
    Copia literal · vigencia 90 días
  • Impuesto Predial de todo el año de la minuta ( ) cancelado (cuponera municipal –HR, PU– y comprobantes de pago originales) CONSTANCIA DE NO ADEUDO DEL IMP. PREDIAL DE TODOS LOS AÑOS. Cliente
    Documento tributario / pago
  • Impuesto de Alcabala (si el precio de venta o valor de autoavalúo del inmueble es igual o superior a S/.______________. Lo paga el comprador. Cliente
    Documento tributario / pago
  • Medios de pago bancarios utilizados, si el precio de venta o el valor municipal del inmueble es superior a S/ 2,000 soles (Ejm: Cheque No Negociable, Vouchers de Depósito, Transferencia entre cuentas). Cliente
    Documento tributario / pago
  • Pago Definitivo del Impuesto a la Renta efectuado por la parte vendedor a la SUNAT, equivalente al 5% de la Renta Bruta (para inmuebles adquiridos o construidos a partir del 01/01/2004 por personas naturales domiciliados en el país) Cliente
    Documento tributario / pago

    Excepciones: Casa habitación con título de propiedad de más de 2 años o si los ingresos por la venta constituyen renta de 3ra. categoría del vendedor). El vendedor debe tener RUC para efectuar este pago – CODIGO 3021.

  • Formulario de exoneración del Pago Definitivo del Impuesto a la Renta firmado por el vendedor (entregado por la Notaria para los casos de excepción señalados en el punto anterior). Notaría
    Formulario · opcional
  • En caso el vendedor sea sujeto no domiciliado y esté afecto al Pago Definitivo del Impuesto a la Renta: EL COMPRADOR debe efectuar el pago vía RETENCION, pagando el importe del impuesto con su propio RUC – CÓDIGO 3062 Cliente
    Documento tributario / pago
  • Certificado médico actual expedido por Neurólogo o Psiquiatra que acredite capacidad suficiente para realizar contratos en caso algún contratante tenga 70 o más años de edad u otro motivo a pedido de la Notaría. Cliente
    Certificado / constancia

Base legal

Pendiente de revisión legal.

Tarifa referencial

A cotizar

No incluye gastos de terceros (publicaciones, aranceles, certificados) salvo indicación expresa.

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